Preguntas frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal esencial para aquellas personas físicas, incluyendo autónomos, que se encuentran en situación de insolvencia y no pueden hacer frente a sus deudas. En este artículo aclaramos las preguntas más frecuentes que recibimos en nuestro despacho sobre este procedimiento. Si estás atravesando dificultades económicas, aquí encontrarás respuestas claras y actualizadas para valorar si esta ley puede ayudarte a empezar de nuevo.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad (LSO) permite a particulares y autónomos cancelar total o parcialmente sus deudas cuando se encuentran en una situación de insolvencia. Se trata de un mecanismo previsto en el Texto Refundido de la Ley Concursal, reformado por la Ley 16/2022, que tiene como finalidad ofrecer una salida realista a personas de buena fe que no pueden pagar sus obligaciones.

Este proceso puede concluir en:

  • La exoneración total de las deudas, si se liquida el patrimonio del deudor, o
  • La aprobación de un plan de pagos de hasta cinco años, sin intereses, si se desea conservar determinados bienes, como la vivienda habitual.

¿Quién puede acogerse a esta ley?

Los requisitos principales para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad son:

  • Ser persona física: ya sea un particular o un autónomo.
  • Tener deudas con al menos dos acreedores distintos.
  • Encontrarse en situación de insolvencia, es decir, sin capacidad real de pago.
  • Haber actuado de buena fe, sin ocultar bienes ni realizar fraudes.
  • No haber obtenido la exoneración en los últimos cinco años (o dos si fue con plan de pagos).
  • No tener antecedentes penales por delitos económicos o contra la Hacienda Pública.

¿Qué deudas se pueden cancelar?

Se pueden exonerar deudas con:

  • Entidades bancarias y financieras.
  • Proveedores y acreedores comerciales.
  • Tarjetas de crédito.
  • Préstamos personales.
  • Hacienda (hasta 10.000 €).
  • Seguridad Social (hasta 10.000 €).

Importante: algunas deudas no se pueden cancelar, como las pensiones alimenticias, indemnizaciones por daños personales o sanciones penales.

¿Cómo funciona el proceso?

El procedimiento consta de varias fases:

1. Recopilación de documentación

Es necesario reunir toda la documentación que acredite tu situación económica, tus deudas, tus ingresos y tu patrimonio.

2. Presentación judicial

Con la ayuda de un abogado y un procurador, se presenta la solicitud de concurso con petición de exoneración del pasivo insatisfecho ante el juzgado mercantil.

3. Resolución del juez

El juez valorará si corresponde:

  • La liquidación del patrimonio para cancelar las deudas, o
  • La aprobación de un plan de pagos si el deudor quiere conservar ciertos bienes.

Si se cumplen los requisitos, el juez podrá conceder la exoneración total o parcial de las deudas.

¿Qué pasa si tengo deudas con Hacienda o la Seguridad Social?

Desde la reforma de 2022, se pueden exonerar hasta 10.000 € por organismo:

  • 10.000 € con Hacienda.
  • 10.000 € con Seguridad Social.

Los primeros 5.000 € se perdonan al 100%, y el resto hasta 10.000 €, al 50%. Esta mejora ha hecho más accesible la ley para autónomos con deudas públicas.

¿Puedo conservar mi vivienda habitual?

Sí, es posible. Si el valor de la vivienda es inferior a la deuda hipotecaria o si el deudor puede hacer frente a un plan de pagos ajustado, el juez puede permitir la conservación del inmueble. Este punto se valora caso por caso.

¿Qué ocurre con las deudas tras un divorcio?

Las deudas adquiridas durante el matrimonio pueden exonerarse si recaen sobre el deudor que solicita la LSO, pero no afectan directamente a la otra parte si esta no está incluida en el procedimiento. En caso de deudas compartidas, se requiere un análisis jurídico más detallado.

¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

El coste depende de la complejidad del caso y del despacho que lo gestione, pero incluye:

  • Honorarios de abogado especializado.
  • Procurador (cuando sea necesario).
  • Posibles tasas judiciales o gastos administrativos.

Aunque supone un coste inicial, se trata de una inversión que puede eliminar deudas de decenas o cientos de miles de euros.

¿Qué pasa si el deudor fallece durante el proceso?

Si la persona fallece antes de que finalice el procedimiento:

  • Los herederos pueden aceptar la herencia a beneficio de inventario, asumiendo solo las deudas hasta donde alcancen los bienes heredados.
  • También pueden renunciar a la herencia si el pasivo supera claramente el activo.

¿Dónde está regulada esta ley?

La Ley de Segunda Oportunidad está regulada en:

  • Ley 25/2015, de mecanismo de segunda oportunidad.
  • Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020).
  • Ley 16/2022, que reforma y simplifica el proceso, vigente desde septiembre de 2022.

Conclusión: ¿Vale la pena acogerse a esta ley?

Sí, en muchos casos es la única solución viable para personas físicas y autónomos que han quedado atrapados en una espiral de deuda. No sólo permite cancelar deudas, sino también empezar de nuevo con dignidad y legalidad, sin embargos, sin intereses y con la posibilidad de recuperar la estabilidad económica.

En Exoneris Abogados, te acompañamos en cada paso del camino para que puedas aprovechar este mecanismo con total garantía jurídica.