Cuando compartes la vida en pareja también puedes enfrentarte a problemas financieros que no son tuyos directamente. Una duda muy común es: “¿Si mi pareja tiene deudas, me las pueden reclamar a mí?”.
La respuesta depende de varios factores: el régimen económico matrimonial, el tipo de deuda y si existen bienes gananciales o cuentas conjuntas. En este artículo te explicamos de forma clara cómo funcionan las deudas en pareja, qué bienes pueden embargarse y qué soluciones ofrece la Ley de Segunda Oportunidad.
Sociedad de gananciales y deudas: lo que debes saber
En España, muchos matrimonios están casados bajo el régimen de bienes gananciales. Esto significa que existe un patrimonio común que puede responder frente a determinadas obligaciones.
La regla general: no todas las deudas de uno se trasladan automáticamente al otro. Solo aquellas previstas en el Código Civil afectan a la sociedad ganancial.
¿Qué deudas de mi pareja me pueden afectar?
Los bienes gananciales responden, entre otros casos, cuando:
- La deuda se contrajo para gastos de la familia (alimentación, vivienda, educación).
- Se originó en el ejercicio de la profesión o negocio que afecta a la sociedad ganancial.
- Ambos cónyuges la asumieron, o uno lo hizo con el consentimiento del otro.
Si el matrimonio está en separación de bienes, cada cónyuge responde solo de sus propias deudas.
¿Pueden embargarme por una deuda de mi pareja?
- En separación de bienes, lo normal es que no, salvo que hayas avalado o figurado como co-deudor.
- En gananciales, sí pueden embargar bienes comunes si la deuda es ganancial o encaja en los supuestos anteriores.
Atención a las cuentas conjuntas: los jueces suelen presumir que el dinero pertenece a ambos al 50 %, salvo que se demuestre lo contrario.
Bienes inembargables: tu mínimo vital está protegido
La Ley de Enjuiciamiento Civil protege ciertos bienes esenciales:
- Mobiliario y menaje básico de la vivienda.
- Ropa y objetos de uso personal.
- Herramientas de trabajo necesarias para la actividad laboral (con límites).
- Parte del salario equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Inventario y liquidación de gananciales: cómo protegerte
Si hay dudas sobre qué deudas son privativas y cuáles gananciales, puede hacerse un inventario judicial o notarial. En caso de liquidación, los acreedores conservan su derecho a cobrar frente a la masa ganancial hasta que se paguen las deudas.
Por eso, en situaciones de riesgo, es recomendable contar con asesoría legal para proteger al cónyuge no deudor.
Ley de Segunda Oportunidad: ¿cómo puede ayudar en pareja?
La Ley 16/2022, que reformó el Texto Refundido de la Ley Concursal, facilita que particulares y autónomos sobreendeudados puedan liberarse de sus deudas mediante la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).
Puntos clave:
- La exoneración solo se aplica al deudor que acude al procedimiento.
- Los fiadores, avalistas o co-deudores siguen siendo responsables.
- El alcance respecto a bienes gananciales dependerá del tipo de deuda y del pronunciamiento judicial.
Preguntas frecuentes
- ¿Las deudas de mi pareja desaparecen si obtiene la Segunda Oportunidad?
Sí, pero solo para esa persona. Los acreedores pueden seguir reclamando a co-deudores o avalistas. - ¿Protege la exoneración a los bienes gananciales?
Depende. Si la deuda es ganancial, el juez analizará caso por caso el alcance de la exoneración. - ¿Y los avalistas o fiadores quedan libres?
No. La Ley establece que la exoneración no alcanza a fiadores ni avalistas.
Conclusión: cada caso requiere un estudio personalizado
Si tu pareja tiene deudas, no siempre te afectan, pero en gananciales existe riesgo real de embargo sobre bienes comunes. Además, la Ley de Segunda Oportunidad puede ser una salida, pero su alcance debe valorarse jurídicamente en función de cada situación.
En Exoneris Estudio Legal analizamos tu caso, revisamos tu régimen económico matrimonial y te asesoramos para que sepas exactamente hasta dónde pueden llegar las deudas de tu pareja y cómo proteger tu patrimonio.
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